Qué gastos corren a cargo del inquilino

En el momento de alquilar una vivienda, como inquilino, tendrás que asumir una serie de gastos para poder realizar el contrato de alquiler. Por supuesto tienes que encargarte de la renta mensual que se estipule en el contrato y de la fianza para poder realizar la firma del mismo, del mismo modo te ocuparás de los gastos de gestión derivados si el alquiler se hace a través de una inmobiliaria o de un gestor.

 

Pero estos no son los únicos gastos que deberás asumir como arrendatario de un inmueble. En este artículo vamos a ver y desmenuzar los gastos que como inquilino vas a tener que hacer frente a la hora de vivir de alquiler.

 

Gastos generales pactados en el contrato de alquiler

Según la LAU (Ley de arrendamiento urbano) los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y correspondan a la vivienda objeto del alquiler, pueden ir a cargo del arrendatario si se pacta con anterioridad por ambas partes.

 

En esto es importante que llegues a un acuerdo con tu casero, para que pactéis quien cargará con los gastos que no se marquen por la lectura de contadores individuales, y así saber que te pertenece pagar y que no haya ningún malentendido.

 

Dentro de este tipo de gastos podrían entrar la comunidad o la gestión de basuras del inmueble por parte del ayuntamiento. Normalmente será el casero el que se hará cargo de ellos, pero como decimos también es habitual que se llegue a un entendimiento y el inquilino se encargue de algunos de estos gastos.

 

 

Los gastos de los suministros los debe asumir el inquilino

Todos los gastos que puedan medirse con contadores individuales de servicios, que disfrutes durante el periodo en el que alquilas la vivienda, correrán a tu cargo como inquilino. Nos referimos a la electricidad, el agua, el gas, la conexión a internet, la línea telefónica, la televisión de pago…

 

Este tipo de gastos dependerán del arrendatario, aunque algunos como la electricidad, el agua o el gas suelen estar puestos a nombre del propietario del inmueble, para no tener que hacer las gestiones de alta y baja con cada nuevo inquilino que pase por la vivienda de alquiler, ahorrando así papeleos y dinero.

 

En los casos en los que el arrendador conste como la persona titular del suministro contratado, tendrá que pasar al inquilino las facturas pertinentes de cada uno de ellos, para que este le abone el consumo de dichos suministros.

 

Hay otros suministros como la línea de teléfono o internet, en los que lo más habitual es que no estén contratados en la vivienda en la que vayas a entras de alquiler y seas tu quién contrate directamente estos servicios a las compañías que los provean dependiendo exclusivamente de tu gestión.

 

 

 

 

Gastos por rotura o deterioro de elementos

Las pequeñas reparaciones cuyo valor no supere los 150 euros, tendrán que correr a cargo del arrendatario.

 

La Ley de Arrendamientos Urbanos dicta que es el inquilino el que tendrá que asumir las pequeñas reparaciones provocadas por el desgaste del uso de la vivienda.

 

También vas a tener que hacerte cargo de las reparaciones de los desperfectos que hayas causado tú o algún invitado que tengas en la vivienda durante la duración de tu contrato de alquiler.

 

Si como inquilino deseas hacer alguna pequeña obra o modificación en la vivienda, además de necesitar la aceptación de la misma por parte del casero, tendrás que cargar con los gastos de dicha obra o modificación.

 

Otro caso en el que tendrás que afrontar los gastos, es si decides pintar la vivienda, siempre que esa mano de pintura no se adhiera a motivos de conservación del inmueble. El gasto de pintura por lo general debe ir a cargo del casero, pero si el inquilino quiere, por ejemplo, cambiar el color de las paredes, es él quien va a tener que ocuparse de abonar la realización del servicio. Además, siempre que no sea un caso de necesidad por conservación, hay que consultar al arrendador si está de acuerdo con su realización, pudiendo este negarse a que realicemos cualquier tipo de modificación en la vivienda.

 

 

No te agobies con gestiones, déjalo en manos expertas

Todas las gestiones que se tienen que llevar a cabo a la hora de alquilar una vivienda, pueden suponer un importante gasto de tiempo y energías y todo un engorro si no estás muy seguro de cómo realizarlo. Por ello siempre es bueno que derives estás tareas a profesionales que puedan ayudarte a la hora de realizar las gestiones que necesites durante tu periodo de alquiler y así puedas disfrutar de tu vivienda sin preocuparte de papeleos y gestiones continuas.

 

En Homewatch encontrarás a los mejores profesionales que te van a ayudar en todos los servicios que precises y harán que pierdas el menor tiempo, y que no gastes energías innecesarias, para que puedas dedicarte solo a disfrutar de tu alquiler.

 

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