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Qué contrato hacer a un inquilino

En este post te queremos dar a conocer qué tipo de contrato puedes, como propietario, hacer a tu inquilino para tener una provechosa y tranquila relación de arrendamiento.

 

Es muy importante a la hora de alquilar una vivienda, que escojas un inquilino que te transmita confianza y te de tranquilidad para el cumplimiento del contrato. Pero también es sumamente importante que el contrato sea claro, preciso y que no dé lugar a equivocaciones.

 

Por supuesto el contrato redactado debe estar de acuerdo con la legislación vigente para no dar lugar a ningún tipo de problema con el que puedan reclamarte o penalizarte. Vamos a analizar una serie de elementos necesarios para poder realizar un contrato de alquiler sobre tu vivienda y algunas características que estos deben recoger.

 

Certificado de eficiencia energética y cédula de habitabilidad

Son trámites obligatorios para el alquiler de un inmueble. El certificado de eficiencia energética, debe ser realizado por un ingeniero o un arquitecto. Con él nos darán una calificación energética que debemos tener y mostrar a la hora de alquilar una vivienda.

 

La cédula de habitabilidad sirve para certificar el buen estado del inmueble y que puede ser habitado, según las condiciones dispuestas por la ley que nos obliga a disponer de una cédula de habitabilidad vigente para poder ocupar el piso o realizar alguna transmisión con él.

 

Depósito de la fianza

Dependiendo de cada comunidad autónoma, puede existir la obligación de que como arrendador debas depositar el importe de la fianza del contrato de arrendamiento a disposición de la Administración autonómica pertinente, que devolverá el importe a la finalización del contrato existente.

 

Es por ello imprescindible conocer cuáles son las leyes de la comunidad a la que pertenece tu inmueble para adecuarse a la situación y actuar siempre dentro del marco legal.

 

Censo de arrendamientos urbanos

El Gobierno elabora un censo de los contratos de arrendamientos urbanos. Para este censo son necesarios los datos identificativos tanto del arrendador como del arrendatario, así como la duración, fecha y cláusulas del contrato.

 

Para ello como arrendador deberás remitir al Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente, todos los datos requeridos.

 

 

Seguro de impago de alquiler

Es un seguro muy utilizado y aunque no es obligatorio es muy recomendable. Una aseguradora se encargará de realizar un estudio de solvencia del inquilino. Si la aseguradora lo ve viable, cubrirá una parte de posibles impagos del alquiler, normalmente hasta doce meses.

 

Con este seguro, además de frente a los posibles impagos, también estarás protegido frente a cualquier robo, daño o perjuicio que el inquilino pueda realizar sobre la vivienda objeto del contrato de arrendamiento.

 

Estudio de solvencia del inquilino

Además de las aseguradoras, los bancos también ofrecen el servicio y la posibilidad de que te hagan un estudio de solvencia del posible inquilino.

 

En ellos te detallarán si existe alguna incidencia plausible que te pueda hacer dudar de si es el inquilino adecuado para realizar el arrendamiento. Por supuesto, tanto si lo realiza un banco como si lo hace una aseguradora, es imprescindible que el futuro inquilino dé su consentimiento para poder realizar este estudio.

 

Características del contrato de alquiler

El contrato de arrendamiento debe tener una serie de características que se deben cumplir para su obligatoria legalidad.

 

La duración del contrato será pactada por ambas partes con libertad. Si esta duración fuera inferior a cinco años, el contrato se prorrogaría automáticamente en plazos anuales.

 

Como arrendador puedes desistir el contrato de alquiler, pero para ello deben haber transcurrido al menos seis meses de dicho contrato. Para hacerlo deberás comunicárselo al inquilino con treinta días mínimo de antelación.

 

Inventario del estado del piso

Es muy conveniente a la hora de alquilar un piso que hagas y reflejes en el contrato un inventario del estado del piso y de los elementos que en él se encuentren, mobiliario, electrodomésticos, etc.

 

Si lo reflejamos en el contrato, el arrendatario deberá aceptarlo para que así no haya ningún problema a la hora de alguna avería o desaparición de algún elemento de la vivienda o del deterioro no habitual de alguna parte que antes se encontrase en buen estado.

 

Recibo mensual de la renta

El arrendador está obligado a entregar al arrendatario un recibo del pago de cada mensualidad, salvo que se pacte con anterioridad otro procedimiento que acredite el pago de la renta mensual.

 

Si como arrendador no haces entrega de los recibos, serán de tu cuenta los gastos que se le puedan generar al inquilino para dejar constancia del pago.

 

El recibo mensual es importante, pues, lo necesitaras para demostrar la existencia del contrato de alquiler en caso de que haya algún problema. Siempre es mejor cobrar los recibos por transferencia bancaria, así queda constancia del pago.

 

No dejes cabos sueltos, confía en un profesional

Es importante que tengas en cuenta todas las posibilidades que puedan surgir y no dejar ningún cabo suelto a la hora de realizar el contrato, esto puede evitar malentendidos y reclamaciones o penalizaciones. Por ello debes estar muy atento a la hora de redactar el contrato de arrendamiento.

 

Desde Homewatch te ofrecemos nuestros servicios administrativos y de gestión de propiedades para hacerte más fácil el complicado momento de la redacción del contrato. Nuestros profesionales te asesoraran y te arreglaran todo este engorroso papeleo para que no haya ninguna confusión ni problema en tu relación de arrendamiento.

 

No dudes en contactarnos y deja que nos encarguemos de todo el proceso para que puedas llevar a cabo de forma satisfactoria y sencilla el alquiler de tu vivienda.